Formulario I-212 Rechazos de ingreso o reingreso a Estados Unidos
En este artículo hablaremos sobre el Formulario I-212 y los Rechazos de ingreso o reingreso a Estados Unidos, específicamente de los Rechazos bajo la sección 212 (a) (9) (C) (i) y 212 (a) (9) (C) (ii) de la Ley de Inmigración y Naturalización de los Estados Unidos en ciertos casos específicos relacionados con la violación de las leyes de inmigración.

Rechazos bajo la sección 212 (a) (9) (C) (i)
La sección 212(a)(9)(C)(i) se refiere a los rechazos de entrada o reingreso debido a la acumulación de tiempo de presencia ilegal en los Estados Unidos. Según esta disposición, si una persona ha permanecido en el país de manera ilegal durante más de 180 días pero menos de un año, y luego sale de los Estados Unidos, se le prohíbe volver a ingresar al país durante un período de tres años.
Si una persona ha estado ilegalmente en el país por más de un año acumulativo y sale de los Estados Unidos, se le prohíbe volver a ingresar por un período de diez años.
Rechazos bajo la sección 212 (a) (9) (C) (ii)
La sección 212(a)(9)(C)(ii) se refiere a los rechazos de entrada o reingreso debido a la presencia ilegal y la reentrada sin autorización después de haber sido previamente deportado. Según esta disposición, si una persona ha sido deportada de los Estados Unidos y luego vuelve a ingresar al país sin autorización, se le prohíbe regresar durante un período de diez años.
Formulario I-212: Solicitud para Reingresar a los Estados Unidos Después de Deportación o Remoción
El Formulario I-212, también conocido como "Application for Permission to Reapply for Admission into the United States After Deportation or Removal", es un formulario utilizado en el sistema de inmigración de Estados Unidos. Este formulario es presentado por individuos que han sido previamente deportados o removidos de los Estados Unidos y desean solicitar permiso para reingresar al país.
Después de haber estado físicamente fuera de los Estados Unidos por más de 10 años desde la fecha de su más reciente violación de inmigración, los solicitantes con inelegibilidades (9) (C) (i) y (9) (C) (ii) pueden presentar el Formulario I-212 ante la Oficina de Revisión de Admisibilidad de CBP para obtener el consentimiento para volver a solicitar la admisión a los Estados Unidos.
El formulario recopila información personal del solicitante y detalles sobre la deportación o remoción anterior, así como las razones por las cuales el individuo desea regresar a los Estados Unidos. El USCIS o el CBP evaluarán la solicitud y tomarán una decisión sobre si se otorga o no el permiso para reingresar al país.
Si es inadmisible según las secciones 212(a)(9)(A) o (C) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA), use este formulario para solicitar el consentimiento para volver a solicitar la admisión a los Estados Unidos para que pueda regresar legalmente a los Estados Unidos.
El consentimiento para volver a presentar una solicitud también se denomina “permiso para volver a presentar una solicitud”.
Formulario e instrucciones de llenado para descargar
Instrucciones de llenado (inglés)
Instrucciones de llenado (español)
Lugar para presentar el Formulario I-212
Consulte la página Direcciones de presentación directa para el Formulario I-212 para determinar dónde presentar su formulario.
Tarifa de presentación
$930 dólares.
Puede pagar la tarifa con un giro postal, cheque personal, cheque de caja o pagar con tarjeta de crédito mediante el Formulario G-1450, Autorización para transacciones con tarjeta de crédito. Si paga con cheque, debe hacerlo a nombre del Departamento de Seguridad Nacional de EE. UU.
Cuando envía un pago, acepta pagar por un servicio del gobierno. Las tarifas de presentación y servicios biométricos son definitivas y no reembolsables, independientemente de cualquier acción que se tome de su solicitud, petición o solicitud, o si retira su solicitud.
Pague cada tarifa de presentación por separado, debe pagar cada tarifa de presentación por separado para cualquier formulario que envíe. Es posible que rechacen si envía un solo pago para varios formularios.
Lista de verificación de evidencia inicial requerida (sólo para fines informativos)
Le recomendamos que revise estos requisitos antes de completar y enviar su formulario I-212. No envíe documentos originales a menos que se solicite específicamente en las instrucciones del formulario o en la normativa aplicable.
Si envía cualquier documento (copias o documentos originales, si se solicita) en su idioma natal, debe incluir una traducción completa al inglés junto con una certificación del traductor que verifique que la traducción es completa y precisa, y que son competentes para traducir de la lengua extranjera al inglés.
¿Proporcionó lo siguiente en su formulario?
- Copias de la documentación relacionada con cada procedimiento de exclusión, deportación o remoción iniciado en su contra, incluidas las órdenes finales de exclusión, deportación o remoción.
- Evidencia de su relación con los familiares enumerados en su solicitud. Además, si su familiar es ciudadano estadounidense, debe presentar prueba de su ciudadanía estadounidense. Si no es ciudadano estadounidense, debe proporcionar su:
- Nombre completo;
- Fecha de nacimiento;
- Lugar de nacimiento;
- Lugar de admisión o entrada a los Estados Unidos;
- Estado migratorio actual;
- Estado migratorio al momento de la entrada; y
- Número A, si se conoce.
- Evidencia con respecto a su inadmisibilidad bajo la sección 212(a)(9)(c) de INA (si corresponde), que incluye:
- Su exclusión, deportación o remoción de los Estados Unidos;
- La fecha en que ingresó o intentó reingresar a los Estados Unidos sin ser admitido o en libertad condicional;
- La fecha de su última salida de los Estados Unidos; y
- Evidencia de su ausencia de los Estados Unidos por 10 años desde su última salida, incluyendo:
- Copias de sellos de entrada/salida de países extranjeros en su pasaporte;
- Recibos o copias de boletos de avión;
- Registro de su residencia en el extranjero;
- Facturas de servicios públicos a su nombre en la residencia en el extranjero;
- Registros de empleo de su trabajo en el extranjero; y
- Cualquier otra evidencia relevante; y
- Evidencia de factores favorables y desfavorables enumerados en las instrucciones del formulario.
Complete todas las secciones del formulario. Le rechazarán el formulario si faltan estos campos:
- Información acerca de usted:
- Apellido
- Dirección de envío.
No olvide firmar su formulario. Rechazarán cualquier formulario sin firmar.
¿Cuánto tiempo tarda en ser aprobado el perdón I-212?
El tiempo de procesamiento de una exención I-212 puede oscilar entre 60 y 90 días a partir del día en que se completan los datos biométricos.
¿Qué sigue se me aprobaron el perdón I-212?
Una vez que se apruebe su exención I-212, podrá solicitar una visa o Green Card de la misma manera que cualquier otro solicitante elegible. Deberá proporcionar toda la documentación requerida y cumplir con todos los demás requisitos de elegibilidad.
Si está solicitando una visa, deberá ir a una embajada o consulado de los EE. UU. en su país de origen y enviar su solicitud. La embajada o consulado revisará su solicitud y decidirá si le otorga una visa.
Si está solicitando una Green Card, deberá presentar el Formulario I-485, Solicitud para registrar la residencia permanente o ajustar el estado. Puede presentar el Formulario I-485 con USCIS si ya se encuentra en los Estados Unidos o si se encuentra fuera de los Estados Unidos.

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